El Tribunal Constitucional anula el canon digital catalán, un impuesto que la Generalitat estaba cobrando a los operadores de Internet. La tasa, aprobada en 2014, consistía en abonar 25 céntimos por cada conexión a la Red de redes que hubiera en el territorio catalán. Con este dinero –aproximadamente unos 20 millones de euros anuales– se financiaban proyectos audiovisuales y contenidos digitales en lengua catalana.
Según recogen los medios generalistas, el Gobierno central consideraba esta tasa se pisaba con el IVA, que es de ámbito estatal. Desde La Moncloa se impugnó y tras años de deliberaciones, el Constitucional ha dado la razón al ejecutivo.
Sin embargo, la decisión no ha sido unánime. La resolución se logró el pasado 6 de julio y en esta ocasión cinco de los doce magistrados que tiene dicho Tribunal mostraron discrepancia con su voto. A juicio de ellos está bastante clara la diferencia entre el IVA y el canon digital catalán.
La compleja sentencia ha obligado al TC a redactarla en 39 páginas para explicarla al detalle. La conclusión final es que el impuesto catalán a los operadores de Internetes inconstitucional y por lo tanto se ha decidido declararlo nulo.