La CNMC sanciona a Microsoft Ireland por no notificar Out en el Registro de Operadores

El servicio permite realizar llamadas hacia las redes telefónicas fija y/o móvil, pero no recibirlas.

Publicado el 14 May 2021

La CNMC sanciona a Microsoft Ireland por no notificar Out en el Registro de Operadores.

La CNMC ha sancionado a Microsoft Ireland Operations Limited (Microsoft Ireland) por el incumplimiento de la obligación de comunicar previamente el inicio de la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público en general. Se trata de una infracción muy grave contraria al artículo 76.2 de la Ley 9/2014 General de Telecomunicaciones (LGTel). La sanción queda fijada en 7.200 euros, tras aplicar una reducción del 40% por pago previo y reconocimiento expreso de responsabilidad.

El servicio “Skype a teléfono” (Skype Out) permite realizar llamadas hacia las redes telefónicas (fija y/o móvil). Pero no permite recibirlas porque no utiliza numeración atribuida en el Plan Nacional de Numeración Telefónica (PNNT).

Desde el punto de vista regulatorio, en España, el servicio “Skype a teléfono” es objeto de inscripción en el con la denominación “servicio telefónico sobre redes de datos con interoperabilidad con el servicio telefónico disponible al público”.

Microsoft Ireland no constaba inscrito en el Registro de Operadores para la prestación del servicio “Skype a teléfono”, sino para la prestación de otros servicios de comunicaciones electrónicas. En concreto, para la reventa de servicios vocales nómadas y telefonía vocal en grupo cerrado de usuarios.

La se inició el 31 de agosto de 2019 y cesó el 29 de mayo de 2020, cuando Microsoft notificó la actividad, de conformidad con el requerimiento formulado por este organismo.

La CNMC recuerda que contra esta se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de 2 meses a contar a partir del día siguiente al de su notificación.

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Redacción RedesTelecom

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