Los servicios de ADSL, que Telefónica quiere usar para competir en el negocio multimedia del cable y sobre los que la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) debía decidir si ratifica la rebaja de precios impuesta al antiguo monopolio, han sido analizados, finalmente, por la CMT.
El Consejo de la Comisión ha decidido en sesión ordinaria adoptar medidas cautelares con carácter urgente con respecto a la propuesta de Telefónica para prestar servicios ADSL minorista, cuyos precios están pendientes de aprobación por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
La CMT estima como necesarias estas medidas cautelares para que el resto de los operadores puedan competir con los servicios ofrecidos por Telefónica y lanzar ofertas a los clientes finales equiparables a las del operador dominante.
De acuerdo con estos principios se impone a Telefónica, en primer lugar, la reducción cautelar de precios mayoristas en el servicio GigADSL, nombre comercial con el que opera Telefónica en ADSL para mayoristas, de acceso indirecto al bucle de abonado, proporcionado por Telefónica al resto de los operadores para que estos puedan ofrecer servicios de acceso a Internet de alta velocidad. En lugar de aprobar precios fijos, la CMT establece un límite máximo para dichos precios mayoristas cuya cuantía se obtiene de multiplicar el precio minorista que en cada momento ofrezca Telefónica a los clientes finales por un coeficiente que permite que el resto de los operadores dispongan de un margen para comercializar sus propios servicios.
Por otra parte, la CMT obliga a Telefónica a prestar un nuevo servicio de acceso indirecto de conexión en un punto distante (PAI-D), que permite que el operador autorizado elija la central en la que se desea conectar para cada una de las 109 demarcaciones en que se ha dividido el país. Hasta ahora, cada demarcación tenía una sola central de conexión predeterminada.
La CMT también ha aprobado una resolución sobre el coste neto del servicio universal calculado por Telefónica para 1999 y diciembre de 1998. En esta resolución el Consejo de la CMT ha desestimado la aplicación retroactiva del coste neto para los años 98 y 99 de modo que el resto de los operadores no tendrá que contribuir por dichos años.
La Comisión ha incluido en la misma resolución algunas mejoras sobre las que debe trabajarse para establecer bien el método de cálculo del coste neto del servicio universal con el propósito de crear un fondo de financiación apropiado para lo sucesivo.




