El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impulsado dos enmiendas a la Ley SAC (Ley de Servicios de Atención a la Clientela) para bloquear las conocidas como llamadas spam (llamadas comerciales no consentidas).
Se trata de enmiendas propuestas por el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy y registradas en el Congreso de los Diputados tras un acuerdo entre los grupos parlamentarios de Sumar y PSOE.
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Las operadoras bloquearán las llamadas spam
Según ha informado Pablo Bustinduy, a través de una de estas enmiendas se va a obligar a las empresas a identificar con un código numérico específico (un prefijo) todos los números desde los que hagan llamadas telefónicas comerciales. También a identificar con otro código distinto las llamadas de atención al cliente. Y en base a estos códigos, ha explicado el ministro, la enmienda va a obligar a su vez a los operadores de telecomunicaciones a bloquear todas las llamadas de empresas que no utilicen estos códigos. Esto implicará, y así lo recoge la enmienda, que el Gobierno de España estará habilitado para adaptar el Plan Nacional de Numeración para facilitar la implementación técnica del nuevo sistema de identificación y bloqueo.
Declarar nulos los contratos cerrados en estas llamadas
Por otra parte, Bustinduy ha anunciado que desde Consumo han impulsado otra enmienda a la Ley SAC para declarar nulos los contratos que se cierren en llamadas telefónicas no consentidas. De esta manera, se buscará desincentivar a las empresas a hacer llamadas no deseadas dado que los contratos conseguidos en este tipo de comunicaciones quedarán anulados. Esta iniciativa responde al creciente volumen de quejas por parte de la ciudadanía y los testimonios de personas consumidoras que denuncian sentirse presionadas o confundidas por estas llamadas, declaran desde el Ejecutivo. Al mismo tiempo se busca proteger el derecho del consumidor a decidir con libertad e información suficiente. Además, el ministro ha detallado que, a través de esta misma enmienda, se obligará a las empresas a renovar cada dos años el consentimiento con el usuario para recibir llamadas comerciales, asegurando así que las empresas no se amparen en autorizaciones indefinidas o ambiguas para seguir contactando a los usuarios.
Otras medidas de protección a los consumidores
Además, se han introducido dos nuevas enmiendas a la Ley SAC de protección a los consumidores:
Regular las renovaciones automáticas de contratos no deseadas. Las empresas estarán obligadas a comunicar con 15 días de antelación la fecha en la que se producirá la renovación automática de un servicio o suscripción que haya sido contratado de forma online. Así mismo, las empresas deberán facilitar la baja voluntaria en caso de que se desee.
Coto a las reseñas falsas que se publican de manera online. Sólo se podrá publicar una reseña en los 30 días posteriores a la compra del bien o disfrute del servicio, para garantizar que se corresponde con la opinión real y reciente de una persona que haya consumido ese bien o servicio, y para evitar la compraventa de reseñas, algo que ya prohíbe la ley. Además, la empresa que recibe la reseña tendrá garantizada la posibilidad de réplica y de solicitar la eliminación de la misma cuando pueda acreditar que no es real demostrando que quien firma la reseña no ha comprado el producto o disfrutado del servicio, o demostrando que el contenido de esa reseña no es verídico.
Los gastos de gestión deberán incluirse en el precio que se ofrece. Las empresas estarán obligadas a incluir, desde el principio, el precio definitivo y final de un bien o servicio que ofrece al consumidor de forma online. Mediante esta vía, explican desde el Ministerio, se evita que las empresas comuniquen precios desagregando cifras, e incluso en distintos momentos del proceso de compra, como ocurre, por ejemplo, con los gastos de gestión en la compra online de una entrada o de un billete.