La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado una sentencia de hace casi dos años, dictada por el juzgado de Primera Instancia, por la que se condena a Uni2 en una demanda civil planteada por Telefónica de España, en la que denunciaba prácticas ilícitas de la operadora de France Telecom en materia de preasignación fraudulenta de clientes.
Según denunció la operadora de Alierta, muchos de sus clientes habían recibido llamadas de otras compañías competidoras para obtener la preasignación de un gran número de clientes sin su pertinente consentimiento. Esta práctica se denomina slamming y, hace dos años, fue uno de los grandes desazones de Telefónica.
Ahora, la filial española de France Telecom deberá devolver los clientes a Telefónica, publicar la sentencia, evitar en el futuro comportamientos similares y asumir las costas.
En el fallo Uni2 argumenta que no tiene responsabilidad sobre los comerciales que presuntamente engañaron a los clientes, que el número de casos denunciados es irrelevante para el mercado y que no hay daño patrimonial para Telefónica. Por su parte, los magistrados opinan que Uni2 no puede fundamentar que no controla a sus comerciales puesto que firman contratos en su nombre y que el hecho de que el daño patrimonial sea casi imposible de concretar de forma individual no significa que no exista.




