El 12 de octubre entra en vigor el LSSI-CE

Mañana, 12 de octubre, entrará en vigor la Ley 34/1992 de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, conocida como Ley de Comercio Electrónico.

Publicado el 11 Oct 2002

La ley de Comercio Electrnico pretende establecer un marco jurdico adecuado que genere confianza en el uso de Internet, cubrindose as los vacos legales existentes en la regulacin de los negocios jurdicos que se estn llevando a cabo a travs de la Red.

Uno de los Ttulos ms interesantes de la ley est dedicado a la contratacin por va electrnica, en el que se afirma la equivalencia entre los documentes en soporte papel y los electrnicos, que desde ese momento tienen la misma validez y eficacia legal cuando concurran los requisitos de consentimiento, objeto y causa.

As mismo, tambin se ha creado un artculo con la intencin de ofertar mayores garantas a la hora de contratar un servicio o producto por Internet. En este sentido se ha creado la figura de los Terceros de Confianza, que podr ser utilizada por las partes de un contrato para archivar en soporte informtico las declaraciones de voluntad que integran los contratos electrnicos y consigna la fecha y la hora en las que dichas declaraciones han tenido lugar.

Con esta iniciativa el Gobierno pretende dotar al comercio electrnico y a todos sus participantes, de la mxima proteccin, seguridad y garantas, lo que sin lugar a dudas favorecer y propiciar la celebracin de contratos va Internet.

El proceso de elaboracin de esta ley ha sido muy controvertido, ya que Gobierno y asociaciones vinculadas al sector no se ponan de acuerdo en diversos aspectos que podran favorecer o no el impulso del comercio electrnico.

En opinin de la Asociacin de Usuarios de Internet, el paso de esta ley por el Senado ha sido aprovechado para introducir algunas medidas que nada tenan que ver con el texto inicial, omitiendo el debate y la opinin de los agentes implicados. Durante este trmite se aadieron obligaciones de registro y salvaguarda de datos de conexin de sus clientes para los Proveedores de Acceso, al mismo tiempo que se referencia el plan de dominios, permitiendo la licitacin o subasta de nombres genricos bajo .es, lo cual ha provocado el abandono de esta Asociacin del grupo de trabajo para el nuevo plan de dominios.

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Redacción RedesTelecom

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