La compañía sueca Carambole, especializada en el sector de registros de dominios, ha publicado recientemente un estudio donde se confirma que el mercado de dominios ha aumentado de manera considerable a lo largo del año 2000 en Europa, pero dicho incremento refleja las desigualdades entre países.
Una de las principales causas apuntadas sobre las diferencias de contratación de estos servicios entre un país y otro podría ser la escasa introducción de ordenadores personales en los hogares. En España, por ejemplo, sólo el 31 por ciento de las familias disponen de un PC.
Otro de los factores, que actúa de freno en la implantación del servicio de registros de dominios se podría encontrar en el campo legislativo, ya que cada gobierno lleva a cabo una regulación diferente sobre las normas de registro lo que produce en cierta ralentización para conseguir un espacio reconocido en la Web.
Ambos motivos pocos PC y legislación que frena el ritmo de crecimiento de los registros hacen que los dominios no se aprovechen todo lo que debieran.
Carambole indica lo dispares que son las cantidades de registros en Europa, donde Alemania se sitúa a la cabeza con 3.787.927 dominios .de, seguida del Reino Unido con 2.499.702 dominios .uk. España cuenta con 28.200 dominios .es, lo que supone tener casi cien veces menos de registros que las dos anteriores.
Más allá de las cifras anteriormente dadas, si usted desea estar presente en la Red puede registrar su página web bajo el dominio local .es con tal sólo rellenar un formulario online de la entidad registradora ES-NIC. El citado formulario está disponible en la site www.nic.es y una vez aprobado el trámite, abonar la cantidad de 12.000 pesetas/72,12 euros por coste de registro para darlo de alta, más 8.000 pesetas/48,08 euros anuales en concepto de mantenimiento a partir del segundo año.
Hay que recordar que la regulación del sistema de asignación de nombres de dominio de Internet bajo el código correspondiente a nuestro país nos impone como condición para la asignación de nombres de organizaciones legalmente constituidas no estar registrados como marca, no incluir en el registro la letra ñ y que el nombre escogido no sea considerado un genérico por el regulador.