Amper ha cerrado la compra de Teltronic. Tal y como se anunció a principios del mes de mayo, el Grupo ha firmado el contrato de compraventa del especialista en comunicaciones críticas con Nazca.
Conforme a lo comunicado con anterioridad, el precio de compraventa consta de un importe fijo de 155 millones de euros, lo que implica un valor de la compañía (Enterprise Value) inferior a 9 veces el ebitda del ejercicio 2025, y de un importe contingente (earn-out) adicional de, como máximo, 45 millones de euros, sujeto al cumplimiento de objetivos habituales en transacciones del sector. Desde el anuncio oficial, el Grupo Amper indica en el comunicado remitido que se han cumplido las condiciones a las que se sujetaba el devengo de 15 millones de euros del máximo total anteriormente indicado.
Así las cosas, detalla que el pago del importe fijo de 155 millones de euros se realizaría en el cierre mediante un pago en efectivo de aproximadamente 111 millones de euros y la entrega de acciones de Amper por un valor de, aproximadamente, 44 millones de euros, que serían suscritas por los fondos vendedores a través de una ampliación de capital no dineraria. Estas nuevas acciones de Amper representarán aproximadamente un 7,75% del capital social de la sociedad tras la ampliación de capital no dineraria y se emitirían a un precio de 0,23 euros por acción (esto es, 0,05 euros de nominal y 0,18 euros de prima de emisión). En la medida en que resulte aprobado el contra-split sobre las acciones de Amper que el Consejo de Administración ha sometido a la aprobación de la Junta General Ordinaria, el precio de emisión sería de 5,75 euros por acción de Amper (esto es, 1,25 euros de nominal y 4,50 euros de prima de emisión), exponen.
En cuanto al precio contingente adicional, el referido importe de 15 millones de euros respecto del cual ya se han cumplido las condiciones a las que se sujetaba su devengo se abonará en efectivo, producido el cierre, no más tarde del 31 de enero de 2027.
Y matizan que “aquellos otros importes adicionales que en su caso se devenguen conforme al contrato de compraventa se abonarían igualmente en efectivo en las fechas previstas al efecto”.
El cierre de la operación está sujeto exclusivamente a la aprobación de la misma por la Junta General de Accionistas.





