Aprueban el coste neto del servicio universal soportado por Telefónica

Publicado el 22 Dic 2009

Con fecha 10 de diciembre de 2009, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha dictado dos Resoluciones relacionadas con el coste del servicio universal prestado por Telefónica de España, S.A. (Telefónica) y la financiación de dicho coste a través del Fondo Nacional del Servicio Universal.
La CMT aprobó, con fecha 12 de marzo de 2009, el coste neto del servicio universal que había soportado Telefónica, como operador obligado a su prestación, durante el ejercicio 2006, el cual ascendió a 75,34 millones de Euros, reconociéndose además la existencia de una carga injustificada para este operador como consecuencia de dicha obligación.

Una vez determinado dicho coste neto y el hecho de que el mismo suponía una carga injustificada para Telefónica, la CMT abrió el procedimiento administrativo que ahora ha resuelto con el objeto de: (i) especificar los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal; (ii) indicar los criterios de reparto del coste neto; (iii) señalar la cuantía de contribución de cada uno de los operadores; y (iv) determinar los operadores que estén exentos en relación con el ejercicio 2006.
Una vez concluido el procedimiento anterior, la CMT ha determinado, mediante Resolución dictada el pasado 10 de diciembre, cuáles son los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal para el ejercicio 2006: Telefónica Móviles España, S.A.U., Vodafone España, S.A. y France Telecom España, S.A. Telefónica de España, S.A., aunque también aparece en la Resolución como operador obligado a contribuir, no deberá aportar las cantidades que le corresponden (29,3 millones de Euros, un 39%), puesto que, de conformidad con la normativa, dado que las cuantías de las contribuciones que se le atribuyen se cifran en un importe inferior al resultante del coste neto del servicio universal del ejercicio 2006, Telefónica sólo será receptora del subsidio de las aportaciones efectuadas por los otros operadores obligados.
De acuerdo con la mencionada Resolución, las aportaciones se han de depositar por los operadores obligados, en el plazo de un mes, en una cuenta restringida abierta a tal efecto en una entidad de crédito. Telefónica, como único operador prestador del servicio universal, y por tanto, único operador con derecho a compensación, la recibirá dentro del mes siguiente a la finalización del período de pago.
Para determinar las contribuciones que corresponden a cada operador, la CMT ha tenido en cuenta, especialmente, el volumen de ingresos de los operadores durante el año 2006 y la cuota de mercado que ostentaban en dicho momento. De este modo, Telefónica Móviles España, S.A.U. debe aportar 22,9 millones de Euros, el 30%, Vodafone España, S.A. 15,03 millones de Euros, el 20%, y France Telecom España, S.A. 8,03 millones de Euros, el 11%.
En otra Resolución diferente de la misma fecha que la anterior, la CMT ha aprobado el coste neto que le supuso a Telefónica la prestación del servicio universal durante el año 2007, el cual asciende a la cantidad de 71,09 millones de Euros. Adicionalmente, ha reconocido la existencia de una carga injustificada para Telefónica como consecuencia de la prestación de dicho servicio.
Para determinar dicho coste neto, la CMT ha tenido en cuenta los costes que le supone a Telefónica prestar el servicio universal en zonas no rentables, a usuarios discapacitados y a usuarios con tarifas especiales; y, a dichos costes, les ha descontado tanto los beneficios no monetarios (imagen de marca, presencia comercial, clientes) que le reporta a Telefonica la prestación del servicio universal, como las subvenciones que obtiene por la sustitución del TRAC analógico por tecnologías digitales.
El siguiente paso será, por tanto, abrir el expediente para fijar los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal para ese ejercicio.

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Redacción

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