EL TDC desestima un recurso presentado por Telefónica contra otras dos operadoras

El recurso hacia alusión a que Retevisión y Uni2 realizaron prácticas
prohibidas al utilizar el nombre de Telefónica para conseguir datos de
usuarios.

Publicado el 11 Dic 2003

Telefónica ha perdido la partida. El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha desestimado el recurso presentado por Telefónica contra el acuerdo de Defensa de la Competencia por el que se archivó la denuncia formulada por la compañía contra Retevisión y Uni2 por supuestas prácticas prohibidas.

En su resolución, el TDC entiende que los hechos denunciados por Telefónica no han producido perjuicio grave a la competencia, aunque admite que son deplorables desde el punto de vista humano.

El caso se remonta a mayo de 2002, cuando Telefónica denunció ante el Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) a Retevisión y Uni2, a los que acusaba de enviar agentes comerciales quienes, en nombre de Telefónica, obtenían la firma del titular de la línea con el pretexto de realizar una encuesta o proponer un nuevo plan de descuento. Además, Telefónica aseguraba que también se obtenían de forma engañosa los datos personales y bancarios de los usuarios e incluso se falsificaban las firmas de dichos usuarios en solicitudes de preasignación.

En enero pasado, el director general de Competencia dictó un acuerdo por el que archivó la denuncia, argumentando que aunque en caso de probarse que los actos son desleales, no existiría afectación sensible de la competencia en el mercado y no procedería abrir expediente por la Ley de Competencia, sino que estos asuntos deberían ser resueltos ante los tribunales ordinarios.

Telefónica decidió recurrir este acuerdo ante el TDC, y explicó que las 220 cartas presentadas acreditando la existencia de conductas desleales ponen de manifiesto que no se trata de una conducta aislada de Retevisión y Uni2, sino de una estrategia que el SDC debería haber investigado, y considera que afecta al interés público.

Sin embargo, el organismo que preside Gonzalo Solana considera correcta y acertada la valoración del SDC porque aunque los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de competencia desleal, no afectan sensiblemente al mercado ni al interés público. Por ello, desestima el recurso de Telefónica, que puede ser recurrido en el plazo de dos meses por vía contencioso-administrativa.

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Redacción RedesTelecom

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