La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Mediaset España Comunicación S.A. con 111.000 euros por utilizar formatos promocionales en los que se confunden la publicidad y los contenidos. La CNMC sostiene que la necesidad de una drástica separación entre los anuncios y los contenidos es una de las exigencias más destacada en todas las normativas nacionales e internacionales sobre el sector audiovisual y la publicidad. Por esta razón, estima que se ha cometido una infracción administrativa continuada de carácter grave, por infringir el artículo 14.2 y 4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
En concreto, la CNMC considera que Mediaset España Comunicación, S.A., como responsable editorial de los canales de televisión Cuatro y Energy, insertó cuatro rodillos publicitarios, además de 21 cartones publicitarios (todos de carácter dinámico) de varias marcas de automóviles durante el desarrollo de cuatro programas de “Deportes Cuatro” y trece programas de “Tiki Taka Espress/Tiki Taka”. Tales emisiones se realizaron sin la necesaria interrupción y mezclando los contenidos editoriales con los publicitarios, fuera de los casos expresamente admitidos por la Ley Audiovisual. Así se infringe lo dispuesto en el artículo 14.2 y 4, párrafo 1º de la LGCA. Las emisiones se realizaron entre el 20 de enero y la madrugada del 19 de febrero de 2014.
La CNMC, según el artículo 29.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ejerce la potestad de inspección y sanción de acuerdo con lo previsto, entre otros, en el Título VI de la Ley General de Comunicación Audiovisual.