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El método de cálculo del coste del servicio universal telco, a debate



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Nueva consulta pública de la CNMC para adaptar y actualizar el cálculo a los cambios tecnológicos y regulatorios. Entre las novedades se añaden criterios para considerar las redes de fibra, el satélite y las ayudas públicas

Publicado el 20 may 2025



El método de cálculo del coste del servicio universal telco, a debate
El método de cálculo del coste del servicio universal telco, a debate

La CNMC ha lanzado una consulta pública para definir una nueva metodología de cálculo del Coste Neto del Servicio Universal (CNSU) en el sector de las telecomunicaciones español.

Esta actualización, como detallan desde la entidad, responde a la necesidad de adaptar el sistema actual, aprobado en 2012, a los cambios que se han producido en la normativa (en particular en la Ley General de Telecomunicaciones de junio de 2022), las infraestructuras de red y el mercado en los últimos años.

Dicha consulta se dirige a todos los agentes del sector de las telecomunicaciones y otros interesados. Las aportaciones pueden enviarse hasta el 20 de junio de 2025 a través de la sede electrónica de la CNMC.

Cambios de la nueva metodología

Entre otras novedades, la nueva propuesta de metodología:

•         Incorpora los servicios prestados sobre redes de fibra óptica y satélite, adaptándose al apagado total de la red de cobre previsto para 2025.

•         Incorpora la ampliación de la banda ancha a 10Mb/s establecida en la LGTel de 2022, con posibilidad de ampliar a 30Mb/s si así se decide en la normativa.

• Excluye del cálculo los accesos que hayan sido subvencionados con fondos públicos (planes PEBA, ÚNICO, etc.).

•         Introduce nuevos criterios para determinar las zonas no rentables adaptándose a la estructura de las redes FTTH.

• Simplifica el cálculo de los beneficios no monetarios (como la imagen de marca) y del abono social.

• Establece la posibilidad de fijar un umbral para determinar si el coste representa una carga injustificada.

Esta nueva metodología se aplicaría, como mínimo, al cálculo del CNSU correspondiente a los ejercicios 2023 a 2026.

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