El Registro de alias entrará en vigor el 15 de septiembre. El Gobierno ha publicado en el BOE este aplazamiento. Recordemos que este sistema, que permitirá verificar los nombres o marcas que aparecen como remitentes en los mensajes SMS, MMS o RCS enviados a números españoles, se iba a poner en marcha el 7 de junio.
A partir de la nueva fecha es cuando se aplicará la obligación de bloquear los SMS que empleen alias no inscritos, una medida contemplada en la normativa diseñada para combatir las estafas de suplantación de identidad a través de llamadas y mensajes.
El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha señalado que el proceso de alta de alias en el nuevo registro ha evidenciado una “extraordinaria complejidad”, “no solo desde el punto de vista técnico y operativo, sino también en atención a la concurrencia de una pluralidad de sujetos afectados, cuyas actuaciones han de ser objeto de adecuada articulación y coordinación”.
El documento remarca que la extensión del plazo busca prevenir “la eventual generación de incidencias que pudieran derivar en el bloqueo indebido de alias legítimamente utilizados”, lo que podría impedir que los ciudadanos reciban comunicaciones “relevantes o necesarias” en ámbitos como el sanitario o el administrativo.
Asimismo, la orden sostiene que el ajuste de la fecha facilita “la correcta culminación del proceso de registro de los alias y evita el bloqueo de alias legítimos”, y se adecua a los principios de “necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia” que marca la Ley de Procedimiento Administrativo.
Índice de temas
Papel de Transformación Digital y la CNMC
Según han informado desde agencias, el Registro de alias quedó formalmente constituido el 28 de marzo de este año, una vez culminado el procedimiento para aprobar las directrices que regulan dicho registro. Durante el mes de carga “masiva” habilitado (del 28 de marzo al 28 de abril), se ha tramitado un volumen muy elevado de solicitudes de alias, en torno a 70.000.
Diversos proveedores de mensajería han apuntado que la carga masiva de alias resulta “especialmente laboriosa por la cantidad de datos a recabar y por la necesidad de adaptar muchos alias a los requisitos de formato”, distintos de los que venían empleando. Por este motivo, numerosos operadores reclamaron ampliar el periodo de carga masiva para poder registrar más alias y evitar “el bloqueo de alias legítimos y posibles interrupciones del tráfico de mensajería por causas meramente operativas y transitorias”.
Aunque, concluido ese plazo, los operadores pueden continuar dando de alta alias de forma individual por cada titular, muchos consideran preferible el mecanismo de carga masiva. Sin embargo, no fue posible extenderlo debido a “la cercanía de la fecha del 7 de junio de 2026”.
La CNMC modifica su circular
La CNMC ha modificado pues la circular que regula este sistema con el objetivo, como explican desde la entidad, de “devolver la confianza a los usuarios en las comunicaciones electrónicas a través de mensajes y reforzar su protección frente al intento de fraudes de suplantación de identidad”, una práctica cada vez más frecuente en la que los estafadores utilizan alias —por ejemplo, el nombre de un banco o de una empresa— para aparentar que un mensaje procede de una entidad legítima.
Actualizaciones en el Registro de alias
Las modificaciones introducidas por la Comisión se centran en cuatro ámbitos:
1. Más claridad sobre la representación de los titulares de alias
La circular refuerza y aclara que los titulares de alias pueden actuar ante el Registro tanto directamente como a través de representantes.
Se reconoce expresamente la posibilidad de que el titular de alias designe un representante autorizado mediante una carta de autorización firmada conforme al modelo establecido. Este representante deberá contar con un certificado digital válido en España y será responsable de la veracidad y vigencia de la autorización, así como de las actuaciones realizadas en el Registro de alias, en nombre del titular.
2. Cambios en el procedimiento de inscripción y carga masiva
Se modifica el procedimiento de inscripción de alias para mejorar su operativa:
• La carga masiva de alias pasa a estar disponible de forma indefinida, aunque condicionada a un volumen mínimo de titulares o registros.
• Se aclaran y actualizan los datos exigidos para identificar a los representantes, tanto en nombre del titular como en el caso de terceros.
3. Ajustes en la remisión de información sobre bloqueo de mensajes
La modificación también introduce precisión en las obligaciones de remisión de información estadística sobre el bloqueo de mensajes con alias:
• Se concretan los plazos de envío anual de esta información.
• Se establece un régimen específico para el primer periodo de aplicación de la obligación de bloqueo, que abarcará desde su inicio efectivo, según la Orden Ministerial que lo regula, hasta el 31 de diciembre de 2026.
4. Eliminación de disposiciones transitorias y entorno de pruebas permanente
La circular elimina las disposiciones transitorias iniciales, ya superadas tras el despliegue del sistema:
• La regulación de la carga masiva se integra de forma definitiva en el articulado.
• Se crea un entorno de pruebas permanente, disponible para todo el sector y nuevos operadores, con el fin de facilitar la adaptación y evolución de los sistemas.
El Registro de alias
El Registro de alias recogerá todos los identificadores alfanuméricos (letras, números y letras combinados u otros caracteres) que pueden utilizarse como remitente en mensajes enviados a números españoles.
Permitirá identificar y gestionar los alias utilizados en servicios de mensajería, contribuyendo a reforzar la seguridad y a combatir el fraude mediante su bloqueo, cuando se detecte un uso indebido.
A partir del 15 de septiembre de 2026, entrarán plenamente en vigor las obligaciones de bloqueo de mensajes enviados con alias no registrados o que, estando inscritos, no provengan de proveedores habilitados en el Registro de alias.
Además, la CNMC habilitará en su página web un portal público que permitirá consultar qué alias están registrados y quién es su titular, lo que contribuirá a aumentar la transparencia y la confianza de los usuarios finales en las comunicaciones electrónicas.





