Desde el 17 de octubre, las empresas deberán utilizar las numeraciones de nueve dígitos que empiezan por el código 400 para realizar llamadas comerciales.
Los números 400 serán unidireccionales, por lo que los usuarios sólo podrán recibir llamadas y no emitirlas. De esta manera, se garantiza una mayor seguridad, evitando posibles prácticas fraudulentas que puedan producirse al devolver una llamada a un número desconocido, como detallan desde el Ministerio de Transformación Digital y la Función Pública.
Además, los operadores de telefonía bloquearán llamadas teniendo en cuenta determinados patrones de tráfico telefónico que permiten llegar a la conclusión de que se trata de llamadas comerciales, como por ejemplo un volumen muy elevado de llamadas.
No obstante, en caso de recibir llamadas comerciales desde otra numeración, los usuarios pueden reclamar ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones (OAUT) o denunciarlo ante la CNMC.
Esta medida da cumplimiento a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela (SAC) y complementa el Plan contra las estafas telefónicas y por SMS, puesto en marcha en 2025 y cuyas medidas han permitido bloquear más de 400 millones de llamadas y cerca de 32 millones de mensajes fraudulentos.
Índice de temas
Registro de Alias
En este sentido, la última medida del Plan antiestafas fue un registro gestionado por la CNMC con los códigos alfanuméricos (alias) que utilizan las empresas y las administraciones públicas para enviar mensajes de texto (SMS), multimedia (MMS) o enriquecidos (RCS).
Desde septiembre, los operadores de telefonía han bloqueado más de seis millones de mensajes, aquellos que, o bien usan un alias que no está registrado, o utilizan un alias registrado sin ser el titular.
De esta manera, el usuario sabe que los SMS que recibe con alias proceden de la empresa o entidad que dice ser. Además, si un usuario tiene dudas o quiere comprobar quién es el titular de ese alias, puede consultarlo en el buscador disponible en la página web de la CNMC (CNMC – Consulta de registro).
Llamadas de atención al cliente
En el caso de las llamadas de atención al cliente —aquellas en las que una empresa interactúa con sus clientes para realizar gestiones en el ámbito de contratos en curso—, el Plan antiestafas estableció que pueden realizarse desde los números cortos específicamente atribuidos para ello, los rangos gratuitos 800 y 900 o los números geográficos.





